Moratoria hipotecaria, todo lo que hay que saber | EDE
movi-image-moratoria-hipotecaria-1
Envíanos sugerencias
Vivienda
3 min de tu tiempo

Moratoria hipotecaria, todo lo que hay que saber

Mon Apr 06 11:39:58 CEST 2020

La crisis del coronavirus ha impulsado medidas como la moratoria en el pago hipotecario para los colectivos vulnerables

Debido a la pandemia del coronavirus (COVID-19), muchas familias, autónomos y empresarios en situación de vulnerabilidad se han visto incapaces de hacer frente al pago de su hipoteca. Es por ello que, a través del Real Decreto-ley 8/2020 y Real Decreto-ley 11/2020, el Gobierno permite “una moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias”. ¿Qué es y cómo se solicita?

Qué es la moratoria de la hipoteca

La moratoria en un pago implica un aplazamiento en el tiempo. Esta moratoria hipotecaria se planteó en principio con una duración de un mes y fue ampliada a tres meses por el Real Decreto-ley 11/2020. Así, aquellos que la soliciten y les sea concedida podrán aplazar el pago en el tiempo.

Puede interesarte: Solicita la moratoria hipotecaria aquí

Requisitos para solicitar la moratoria de la hipoteca


Para acogerse a la moratoria de la hipoteca hay que cumplir una serie de requisitos en su conjunto. El primer requisito aparece en el artículo 7 del RDl 8/2020, y es el de tener una deuda hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual; no así otras viviendas o hipotecas inmobiliarias. Además, el RDl 11/2020 amplía esta moratoria a dos grupos de interés más:

  • Inmuebles en los que se desarrolle la actividad económica de empresarios y profesionales.
  • Viviendas distintas de la habitual cuyo alquiler haya dejado de abonarse debido a la entrada en vigor del estado de alarma.

El segundo requisito, recogido en el artículo 8 del RDl 8/2020, y que por lo tanto, también deberá cumplirse, será el de pertenecer a un colectivo vulnerable, que a su vez se define en el artículo 9, habiendo varias posibilidades: pasar a situación de desempleo si se trabajaba por cuenta ajena o sufrir una pérdida sustancial de los ingresos y/o ventas si trabaja por cuenta propia. También se consideran vulnerables las familias cuyos ingresos de los miembros no superen, en el mes anterior a la solicitud, la siguiente cuenta en euros:

  • El límite general de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), actualmente de 537,84 €. Esto haría una suma de 1.613,52 €.
  • El límite será de cuatro veces el IPREM (2.151,36 €) en el caso de que haya en la familia alguna persona con discapacidad superior al 33%, sea dependiente o padezca alguna incapacidad acreditada que le impida trabajar.
  • El límite será de cinco veces el IPREM (2.689,2 €) en el caso de que el deudor hipotecario sea una persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual con un grado reconocido igual o superior al 33 %, o tenga discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %. Así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente a la persona o a su cuidador.
  • Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo de la unidad familiar o en 0,15 veces el IPREM por hijo en caso de unidad familiar monoparental.
  • El límite también se incrementa 0,1 veces por cada persona mayor de 65 años en la unidad familiar.

También se puede solicitar la moratoria en caso de que la cuota hipotecaria sumada a los gastos y suministros básicos resulte superior o igual al 35 % de los ingresos netos de la unidad familiar.

Asimismo, para todas las situaciones previas se aplica una segunda condición:

  • Que el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3.
  • Una caída sustancial de las ventas de al menos un 40%.

Por último, el RDl 11/2020 amplió la moratoria “a los créditos y préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad económica, incluyendo los créditos al consumo", para aquellas familias o profesionales que cumpliesen con los puntos anteriores.

Cómo solicitar la moratoria de la hipoteca

Desde Banco Sabadell se ha habilitado un simulador, a través del cual se puede comprobar si se cumplen todas las condiciones para solicitar la moratoria. Para hacer la simulación, hay que introducir las condiciones de los préstamos y créditos, información sobre las personas que residen en la vivienda e información sobre los gastos de esta.

Una vez realizados todos los pasos, el diagnóstico recomendará seguir con la solicitud de la moratoria, rellenando un formulario y con la ayuda de un gestor, o bien, solicitar información sobre alternativas a la moratoria, teniendo en cuenta la situación de cada cliente.

Moratoria del alquiler

El RDl 11/2020 establece la ampliación de la moratoria hipotecaria a una moratoria en el alquiler, y sus requisitos de acceso son prácticamente idénticos a los vistos anteriormente. Están recogidos en el artículo 5 de este nuevo decreto. El 85% de los arrendamientos de vivienda en nuestro país tiene como propietario a una persona física, pequeño propietario, por lo que las ayudas irán dirigidas a los más vulnerables.

Antes de que se aprobara la moratoria del alquiler, entidades financieras como Banco Sabadell promovieron ayudas dirigidas a los colectivos más vulnerables. Una de las medidas más aplaudidas ha sido la de ofrecer un aplazamiento del pago de hasta tres meses de alquiler social a aquellas familias afectadas por la pandemia que habiten en una casa acogida al Fondo Social de Vivienda (FSV). 

 
-Temas relacionados-
up